La Ley de Vivienda fue aprobada en el Congreso el 27 de abril de 2023, y en el Senado el día 18 de mayo. El nuevo texto se remitirá para su publicación en el Boletín Oficial del Estado (BOE) en un plazo máximo de 15 días y entrará en vigor al día siguiente de su inclusión.
Se regulan varios aspectos entre los que caben destacar los siguientes:
- Control de los alquileres en zonas que se declaren tensionadas.
- Nuevo índice de actualización de rentas.
- Incentivos fiscales o la posibilidad de gravar las viviendas vacías.
- Regulación de desahucios.
- Ayudas de acceso a la vivienda social.
- Nuevo parque público de vivienda.
Es preciso señalar que la aplicación de las anteriores medidas no es inmediata en todos los casos puesto que son las comunidades autónomas quiénes tienen la competencia en ordenación del territorio, urbanismo y vivienda, según lo establecido en el artículo 148 de la Constitución Española.
En este sentido, por ejemplo, las comunidades autónomas y los ayuntamientos tienen dentro de su ámbito competencial la forma de delimitación de las zonas tensionadas en su territorio. Sin embargo, el Estado puede regular otros aspectos como son los alquileres, de hecho, ya se recoge en la Ley de Arrendamientos Urbanos que es de ámbito estatal. Por ello, es posible que pudieran darse fricciones en la aplicación de la ley entre el Estado y las Comunidades Autónomas.
El Consejo General del Poder Judicial a través de un informe aseguró que la norma invadía competencias autonómicas, contradecía la regulación civil de las relaciones jurídicas de contenido patrimonial, y convertía en definitivas normas que eran excepcionales, además, introducía topes al alquiler que podían vulnerar las competencias autonómicas. Hizo una fuerte crítica al hecho de que se enfrentan dos de los derechos primordiales como son la propiedad privada y la función social del inmueble.
En definitiva, es preciso esperar como evoluciona la aplicación de la norma y si las comunidades autónomas la recurren debido a la posible invasión de sus competencias.