En la Ley 12/2023, de 24 de mayo, por el derecho a la vivienda se hace referencia a un nuevo concepto llamado “zonas tensionadas” del que vamos a desgranar su contenido.
¿Qué son las zonas tensionadas?
Este nuevo término hace referencia a “aquellos ámbitos territoriales en los que exista un especial riesgo de oferta insuficiente de vivienda para la población”
¿Cuál es el órgano competente para proceder a la declaración de zonas de mercado residencial tensionado?
La Administración competente es el gobierno autonómico de cada Comunidad Autónoma puesto que ostenta las competencias en materia de vivienda, luego, el Gobierno Central no puede ejecutar dicha declaración.
¿Qué duración puede tener la declaración de zona tensionada?
La declaración tendrá que hacerse siguiendo un procedimiento predeterminado en la ley y su vigencia será de tres años, pudiendo prorrogarse anualmente, cuando subsistan las circunstancias que motivaron tal declaración y previa justificación de las medidas y acciones públicas adoptadas para revertir o mejorar la situación desde la anterior declaración.
¿En qué aspectos se tiene que basar la Administración Autonómica para proceder a la declaración de zona tensionada?
La declaración deberá justificar a través de una memoria que existe un especial riesgo de desabastecimiento de vivienda por darse una de las siguientes circunstancias:
a) Que la carga media del coste de la hipoteca o del alquiler en el presupuesto personal o de la unidad de convivencia, más los gastos y suministros básicos, supere el treinta por ciento de los ingresos medios o de la renta media de los hogares.
b) Que el precio de compra o alquiler de la vivienda haya experimentado en los cinco años anteriores a la declaración como área de mercado de vivienda tensionado, un porcentaje de crecimiento acumulado al menos tres puntos porcentuales superior al porcentaje de crecimiento acumulado del índice de precios de consumo de la comunidad autónoma correspondiente.